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¿Cómo está regulado el tema de los ruidos molestos y cuáles son las sanciones?

De las denuncias que se reciben anualmente en la Superintendencia del Medio Ambiente, el 50% son de ruidos molestos. Aunque estas no son tan mediáticas, las demandas de este tipo son el tema relacionado con el ambiente más manejado en Chile.

Debido a la frecuencia con la que se presentan estas demandas, el Ministerio del Medio Ambiente estableció una nueva manera de gestionarlas. Aquí te hablamos sobre este tema y aclaramos las nuevas sanciones que se han establecido.

¿Cómo se regulan actualmente los ruidos molestos?

El ruido es la sensación que se produce en el oído por los movimientos vibratorios de los cuerpos. Este es transmitido a través de medios como el aire, además, cuentan con dos características: la frecuencia y el nivel. Es según la escala de ese último factor por el que se clasifican los ruidos molestos.

El nivel del ruido se mide en decibeles y es esto lo que se encarga de regular una Ley establecida por la Superintendencia del Medio Ambiente. La norma establece que en las zonas residenciales puede haber un nivel de ruido máximo que varía entre 55 y 65 dB (A). Ese nivel es aceptado desde las 7 de la mañana hasta las 9 de la noche.

A partir de las 9 PM y hasta las 7 AM se permiten los ruidos entre 45 y 50 dB (A) como máximo. Para colocar un ejemplo, ese nivel es el que hay en una calle en la que no hay mucho tráfico.

¿Aplica esta regulación para todos los tipos de ruidos?

Algo importante a destacar sobre esta norma vigente en Chile es que no aplica a todos los tipos de fuentes de ruidos, se excluyen de su regulación las que se mencionan a continuación:

  Tránsito aéreo, marítimo, ferroviario y vehicular.

  • Sistemas de emergencia y de alarma.
  • Voladuras y/o tronaduras.
  • Uso de espacio público para circulación peatonal y vehicular, manifestaciones, propagandas, comercios ambulantes, ferias libres, actos, eventos o similares.
  • Actividades propias de viviendas y edificaciones habitaciones, como reparaciones domésticas, arreglos, circulación y reunión de personas, electrodomésticos, voces, mascotas y parecidas.

¿Cuál es el organismo chileno encargado de fiscalizar los ruidos molestos?

Es la Superintendencia del Medio Ambiente el ente que se encarga de fiscalizar la emisión de cualquier ruido que se considere molesto según la ley. Además, debe controlar el cumplimiento que cada disposición que esté relacionada con este campo.

Otro de los trabajos con los que cumple la SMA es el de informar al Ministerio del Medio Ambiente del cumplimiento de las disposiciones. Eso se hace de forma anual, entre el informe que da a este organismo también se encuentra las sanciones aplicadas en el año.

Esta Superintendencia chilena también muestra al Ministerio del Medio Ambiente cuáles fueron los rubros que recibieron más denuncias. Además, se realiza una comparación con el año anterior y se determina cuál fue el rubro en el que hubo más aumento en las denuncias.

¿Puede encargarse la municipalidad de la regulación de ruido molesto?

En Chile, las municipalidades sí tienen las facultades para la regulación de estos ruidos, para hacerlo deben tener en cuenta las ordenanzas municipales. Cada municipalidad se encarga del nivel de ruido que se produzca en casa, comercio y actividad pública o privada que se lleve a cabo en la zona.

En el caso de condominios, cada copropietario, arrendatario u ocupante no debe molestar a los demás con ruidos. Esto no está permitido en las horas que, generalmente, están dirigidas al descanso.

¿Cómo se denuncia un nivel de ruido excesivo en un condominio o municipalidad?

Hay varias maneras en las es posible realizar estos tipos de denuncias, la principal es en un Juzgado de la Policía Local. También es válido dirigirse Carabineros, estos proceden según sus atribuciones y derivan el proceso ante el juez de la Policía Local.

Cabe destacar que para que la persona afectada se beneficie de lo que establece la ley sobre un ruido molesto, es necesario que haga la denuncia lo antes posible. Lo que se establece es que se debe cumplir con el procedimiento dentro de los 3 meses que siguen al incidente con el nivel de ruido excesivo.

¿Cuáles son las sanciones que aplican para los ruidos molestos?

Una vez que se realice la demanda y la autoridad determine que sí hubo incumplimiento de la norma sobre el ruido molesto, ¿qué sucede? Se establece una infracción a la persona que generó el ruido excesivo, a una hora indebida y en un lugar en donde la ley lo prohibía.

El tipo de infracción se establece en el artículo 39 de la Ley 20.417 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Allí dice que las sanciones que aplican en estos casos son las siguientes:

  • Amonestaciones por escrito.
  • Multas de una a diez mil Unidades Tributarias al año.
  • Clausuras temporales o definitivas.
  • Revocaciones de la Resolución de Calificación Ambiental.

En este artículo también se establece que las infracciones pueden ser leves, graves o gravísimas. El tipo que aplique depende de lo que determinen las autoridades que gestionen la demanda.

¡La regulación del ruido molesto es beneficiosa!

El control de ruido es muy importante, sobre todo en las comunidades que se ven más afectadas por la contaminación acústica. Regular el ruido molesto es una normativa que protege al medio ambiente y a cualquier persona que puede ser afectada por un alto nivel de ruido.